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dc.contributorVives Segl, Horacioes_MX
dc.date.accessioned2018-02-09T00:07:01Z
dc.date.available2018-02-09T00:07:01Z
dc.date.issued2017-11-20es_MX
dc.identifier.urihttp://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/1230
dc.description<p>Una de las virtudes de la pol&eacute;mica reforma electoral de 2014, es que posibilit&oacute; que candidatos ajenos a los partidos pol&iacute;ticos, puedan ser postulados a cargos de elecci&oacute;n popular, ya sea de la rama ejecutiva o legislativa, en todos los &oacute;rdenes que nuestro federalismo lo permite. Como se sabe, no es que antes de 2014 no se hubiera observado la postulaci&oacute;n de candidatos independientes en alg&uacute;n estado de la Rep&uacute;blica, cuando las legislaciones locales as&iacute; lo contemplaban, pero fue apenas a partir de la &uacute;ltima reforma, que se posibilit&oacute; para cargos federales y as&iacute; se generaliz&oacute; en las contiendas electorales del pa&iacute;s. Fue as&iacute; que el Estado mexicano cumpli&oacute; apenas con una cuenta anacr&oacute;nica pendiente: quitarle a los partidos pol&iacute;ticos el monopolio en la presentaci&oacute;n de candidaturas.</p><p>Al ser los partidos pol&iacute;ticos los que a trav&eacute;s de acuerdos mayoritarios aprobaron la legislaci&oacute;n para las candidaturas independientes, era obvio que iban a buscar un marco legal que les dificultara en extremo el cumplimiento de los requisitos para obtener la candidatura.</p><p>Considero positiva la posibilidad de que el electorado mexicano pueda optar, si as&iacute; lo desea, por votar por alg&uacute;n candidato independiente. Lo central, a mi juicio, es aumentar el abanico de opciones para el elector. Tambi&eacute;n sirve para que en un momento &ndash;como el actual- de profundo descontento hacia los partidos pol&iacute;ticos, &eacute;stos tengan los incentivos de conducirse con mayor responsabilidad y rendici&oacute;n de cuentas para que el electorado no les d&eacute; la espalda y opte en las urnas por un independiente. Con todo, tampoco me parecer&iacute;a adecuada la proliferaci&oacute;n de independientes, que de ninguna manera pueden sustituir a los partidos pol&iacute;ticos, qui&eacute;rase o no, indispensables para el adecuado funcionamiento de la democracia.</p><p>Las elecciones de 2015, las primeras en las que se inaugur&oacute; el nuevo y vigente entramado legal en materia de candidaturas independientes, dejaron ganadores a candidatos no partidistas en todos los cargos que estuvieron en disputa (gubernatura, diputaci&oacute;n federal, diputaci&oacute;n local y presidencias municipales). Si bien despu&eacute;s se sigui&oacute; dando alg&uacute;n triunfo en las elecciones de los a&ntilde;os sucesivos, nada ha sido comparable con el envi&oacute;n inaugural de 2015.</p><p>La experiencia sui generis de las elecciones a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de M&eacute;xico en 2016 fue interesante y aleccionadora en materia de revisi&oacute;n de apoyos para los candidatos independientes. Ello, por dos razones: por el volumen de firmas a validar por parte del Instituto Nacional Electoral (INE) y por las decisiones que tom&oacute; el Tribunal Electoral respecto a las impugnaciones de aspirantes independientes a los que el INE les neg&oacute; el registro (el Pleno de la Sala Superior termin&oacute; por subir a la boleta a aspirantes a los que el INE se los neg&oacute;, por no alcanzar las firmas). Aqu&iacute; un precedente importante y delicado.</p><p>Hay que recordar que el INE ya tuvo una experiencia previa en t&eacute;rminos de validaci&oacute;n de firmas en 2015, si bien se trat&oacute; de una elecci&oacute;n de naturaleza distinta: la de las &ldquo;malogradas&rdquo;, propuestas de consulta popular, en las que al INE le toc&oacute; la tit&aacute;nica tarea de validar firmas, para que finalmente la Suprema Corte determinara la inviabilidad de realizar lo que hubiera sido el primer ejercicio de consulta popular en el pa&iacute;s. Posteriormente, al INE le toc&oacute; organizar dichas elecciones al Constituyente capitalino. Si de por s&iacute; el calendario de actividades del proceso electoral era muy apretado, el proceso de recolecci&oacute;n y validaci&oacute;n de apoyos lo era a&uacute;n m&aacute;s, e igualmente, al INE le correspondi&oacute; la autenticaci&oacute;n de las firmas. Algo dejaron esas dos experiencias: de cara a las elecciones generales de 2018, con candidatos a la Presidencia adem&aacute;s de todos los cargos federales posibles &ndash;m&aacute;s las treinta elecciones locales concurrentes- resultaba en extremo complicado hacer la revisi&oacute;n en papel, como se realiz&oacute; en los dos procesos mencionados.</p><p>De ah&iacute; que la iniciativa de recolectar la firmas y su posterior validaci&oacute;n a trav&eacute;s de un instrumento electr&oacute;nico, en este caso una aplicaci&oacute;n para dispositivos inteligentes, resultara una propuesta no solo innovadora y modernista, sino absolutamente pertinente. Ello, combinando adem&aacute;s la posibilidad de recolectar en papel firmas en aquellas zonas de pa&iacute;s que por el rezago tecnol&oacute;gico, no est&eacute;n en condiciones adecuadas para el uso generalizado de la app. Es cierto que la primera versi&oacute;n de la app tuvo problemas. Quienes saben de arquitectura y configuraci&oacute;n de smartphones, entienden que se van sucediendo versiones m&aacute;s actualizadas de celulares, con diversidad de sistemas operativos seg&uacute;n los tipos de dispositivos (IOS, Android, etc&eacute;tera), y que esa aplicaci&oacute;n, igual que otras muchas, no funciona universalmente. Pero el INE se dio a la tarea de actualizarla y tiene la ventaja de que permite, a los ojos de todos, ante el escrutinio p&uacute;blico, saber c&oacute;mo van avanzando los aspirantes en el proceso de recolecci&oacute;n de firmas, el desempe&ntilde;o por auxiliar, la distribuci&oacute;n de los apoyos, y as&iacute; una serie de datos que permiten conocer con mayor transparencia y pr&aacute;cticamente en tiempo real, la adhesi&oacute;n ciudadana a las candidaturas independientes.</p><p>Todav&iacute;a estamos lejos de saber qui&eacute;nes obtendr&aacute;n su registro como candidatos independientes a los distintos cargos de elecci&oacute;n popular. Adem&aacute;s de otros requisitos que deben cumplir (en t&eacute;rminos por ejemplo, de informes de fiscalizaci&oacute;n) puntualmente por lo que respecta a la firmas, debe cumplirse no s&oacute;lo alcanzar el umbral requerido, sino adem&aacute;s el requisito de la dispersi&oacute;n y, por supuesto, la legitimidad de los apoyos ciudadanos. Todo esto, validado por el INE.</p><p>Por ello, si obtienen su registro candidatos independientes tras haber cumplido con todos los requisitos legales para las distintas elecciones del 1 de julio de 2018, bien por el incremento de opciones para el elector. Y si se tiene un instrumento que d&eacute; mayor precisi&oacute;n y transparencia sobre la manera en la que los aspirantes a candidatos independientes van recabando los apoyos ciudadanos, como es el caso de la app del INE, mejor a&uacute;n.</p><p>&nbsp;</p><p>hvives@itam.mx / @HVivesSegl</p>es_MX
dc.formatimage/jpeges_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.publisherUniversidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicases_MX
dc.subjectCandidatos independienteses_MX
dc.subjectappes_MX
dc.subjectINEes_MX
dc.titleLos independientes y la app del INEes_MX
dc.typeWorking Paperes_MX


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