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    TEPJF confirma sanciones a El Bronco

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    URI
    http://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/2024
    Colecciones
    • Crónica [856]
    Fecha
    2018-06-20
    Autor
    Crónica de las Elecciones Federales
    Temas
    INE
    TEPJF
    Bronco
    Apoyos ciudadanos
    Candidatos independientes
    Sanciones
    fiscalización
    Descripción
    <p>La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci&oacute;n confirm&oacute; por unanimidad las multas resultado de los procedimientos administrativos sancionadores de quejas en materia de fiscalizaci&oacute;n, impuestas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral al candidato independiente a la Presidencia de la Rep&uacute;blica, Jaime Rodr&iacute;guez Calder&oacute;n &ldquo;El Bronco&rdquo;. El candidato present&oacute; impugnaciones buscado que las multas le fueran revocadas porque, seg&uacute;n &eacute;l, no est&aacute;n acreditadas las faltas que se le atribuyen. La Sala Superior se limit&oacute; a contestar si los argumentos tienen fundamento.</p><p>Al resolver el SUP-RAP-152/2018, la Sala Superior determin&oacute; que el INE demostr&oacute; la participaci&oacute;n de 656 servidores p&uacute;blicos de 29 dependencias de la administraci&oacute;n neoleonesa, en actividades para recabar apoyos ciudadanos en horario laboral. Estas actividades son ajenas a su funci&oacute;n p&uacute;blica, por lo que se dispuso f&iacute;sica y temporalmente a los funcionarios vulnerando los principios de imparcialidad y equidad en la contienda. De acuerdo con las reglas de fiscalizaci&oacute;n, constituy&oacute; aportaciones en especie de un ente prohibido por la ley. El Pleno confirm&oacute; una multa equivalente a 4,995 UMAS o $377,072.55 impuesta por el INE.</p><p>El Pleno tambi&eacute;n resolvi&oacute; el SUP-RAP-153/2018 y valid&oacute; la actuaci&oacute;n del INE en el marco del procedimiento oficioso instaurado por las irregularidades de los aportantes en las operaciones efectuadas que el INE detect&oacute;. Los aportantes fueron confirmados, pero no se pudo identificar plenamente el origen de los recursos, ya que los montos coinciden con recursos depositados previamente por personas morales a la cuenta de quien aportaba. El INE llev&oacute; a cabo una investigaci&oacute;n que corrobor&oacute; la existencia de una triangulaci&oacute;n de recursos que permitieron concluir que los recursos provinieron de un ente prohibido, se demostr&oacute; un actuar sistem&aacute;tico a trav&eacute;s de personas morales que llevaron a cabo conductas id&eacute;nticas tratando de simular que personas f&iacute;sicas aportaban dinero al aspirante de forma voluntaria. El Pleno de la Sala Superior confirma la multa por 2,997 UMAS o $226,243.53 impuesta por el INE.</p><p>La Sala Superior resolvi&oacute; un tercer asunto, el SUP-RAP-154/2018, y determin&oacute; que el INE actu&oacute; conforme a Derecho al llevar a cabo la investigaci&oacute;n para comprobar la triangulaci&oacute;n de recursos. El INE detect&oacute; un patr&oacute;n de transferencias de diversas empresas que se replicaban en el caso de las tarjetas &ldquo;Oxxo Saldazo&rdquo; y otras instituciones bancarias. El INE comprob&oacute; que, entre octubre de 2017 y marzo de 2018, se hicieron transferencias por un monto de $4,352,912 hacia las cuentas de diferentes instituciones bancarias cuyos titulares coinciden con 1,035 ciudadanos registrados como auxiliares de El Bronco. El INE impuso una sanci&oacute;n equivalente a 1,798 UMAS, es decir, $135,731.02.</p><p>El candidato no logr&oacute; desvirtuar las conclusiones a las que lleg&oacute; el INE, por lo cual la Sala Superior confirm&oacute; las sanciones.</p>
    Link al recurso
    https://cronicaelectoral.juridicas.unam.mx/posts/post_index/908-tepjf-confirma-sanciones-a-el-bronco
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