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dc.contributorNieto, Santiagoes_MX
dc.date.accessioned2018-02-21T15:54:15Z
dc.date.available2018-02-21T15:54:15Z
dc.date.issued2018-02-21es_MX
dc.identifier.urihttp://ru.juridicas.unam.mx:80/xmlui/handle/123456789/1270
dc.description<p>A veces pienso que no. Cuando veo algunas sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral. En teor&iacute;a, la reforma de 2014 construy&oacute; un sistema nacional de elecciones en el que el INE, al ser la instancia organizadora de los comicios, se convierte en un ente rector para el resto de las instituciones administrativas electorales. Este modelo cuenta con medios de impugnaci&oacute;n que permiten la revisi&oacute;n de los actos de autoridades electorales y partidos pol&iacute;ticos, a nivel federal y local, los cuales se unen particularmente con el JRC y el REC. Cierran el tr&iacute;pode electoral las instancias de procuraci&oacute;n de justicia, FEPADE y las fiscal&iacute;as electorales locales que, deben coordinarse por disposici&oacute;n legal con el INE y las dem&aacute;s autoridades sobre todo en la prevenci&oacute;n del delito electoral.</p><p>Si algo falla en la organizaci&oacute;n, la calificaci&oacute;n o la persecuci&oacute;n del delito, el sistema en su conjunto se ve afectado. Si hay dudas respecto a un &oacute;rgano, todo el sistema paga el precio de la p&eacute;rdida de legitimidad. Tal parece que un grupo mayoritario de integrantes de la Sala Superior no alcanzan a comprender esto. Pareciera que ellos se ven a s&iacute; mismos como los dioses supremos del sistema y no como una parte funcional del mismo.</p><p>Con varias sentencias, como cancha pareja y programas sociales, tal pareciera que el INE tiene un nuevo enemigo encarnado en las expresiones que en las sesiones p&uacute;blicas vierten los integrantes de la Sala Superior. Con cancha pareja y la sentencia de programas sociales, bajo el argumento de que no hay ley secundaria del art&iacute;culo 134 constitucional, los magistrados dieron por tierra la generaci&oacute;n de un piso aceptable de equidad en los procesos electorales.&nbsp;</p><p>&nbsp;Recientemente, el SUP-RAP-748/2017, revoca la reforma al Reglamento General de Elecciones del INE, que permit&iacute;a acomodar los votos introducidos de forma err&oacute;nea en urnas de otras elecciones en los montones correctos, para ahorrar tiempo en el c&oacute;mputo y poder dar resultados electorales de forma m&aacute;s eficiente. Contrario a la interpretaci&oacute;n funcional de las normas, y con un hiper gramaticalismo en la interpretaci&oacute;n, revocan la decisi&oacute;n del Consejo y obligan a ir desahogando c&oacute;mputo por c&oacute;mputo, sin poder elaborar las actas de resultados sino hasta que todas las elecciones fueran computadas, con lo que se retrasa evidentemente la trasmisi&oacute;n de resultados preliminares y conteos r&aacute;pidos. Hay que reconocer a Reyes y De la Mata su postura.&nbsp;</p><p>Imaginemos un escenario de una elecci&oacute;n que se cierra entre dos o tres candidatos. &iquest;En serio alguien cree que es inteligente que el INE no pueda dar resultados oficiales? &iquest;No se percibe que esa falta de resultados oportunos pueda generar un clima de incertidumbre y golpeteo a la instituci&oacute;n? &iquest;En serio queremos eso?&nbsp;</p><p>Por eso a veces pienso que no tenemos un sistema nacional de elecciones. Cuando uno de sus componentes decide cerrar los ojos a la realidad.</p>es_MX
dc.formatimage/jpeges_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.publisherUniversidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicases_MX
dc.subjectINEes_MX
dc.subjectTEPJFes_MX
dc.subjectFEPADEes_MX
dc.title¿En serio tenemos un sistema nacional de elecciones?es_MX
dc.typeWorking Paperes_MX


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